
Ante la crisis sanitaria derivada del COVID-19 y sus efectos, la medida más dolorosa es la pérdida de puestos de trabajo y el eventual cierre de empresas. Para evitar el cierre de la unidad productiva o inclusive para llegar a cerrarla como el efecto más dañino, la legislación laboral prevé que el empleador puede dar por terminado el contrato de trabajo, como una de las pocas excepciones a la garantía constitucional al trabajador de la estabilidad en el empleo.
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